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  • Foto del escritorGuillermo Varela Vallespi

Programa de Pensiones de Quebec (Régime de rentes du Québec -RRQ-)

Actualizado: 10 oct 2021

Hoy vamos a dedicar la columna a resumir uno de los programas de protección más abarcadores del gobierno de Quebec: El Programa de pensiones de Quebec.

El Programa de pensiones de Quebec es un régimen de seguro público obligatorio que cubre a cada trabajador, de 18 años o más, cuyos ingresos anuales sobrepasen los 3,500 $. El programa garantiza una protección financiera de base a las personas que trabajan o han trabajado en Quebec, incluyendo su familia cercana, tanto en caso de fallecimiento, incapacidad médica para trabajar, y/o durante del retiro.

Importante: como he subrayado en escritos anteriores, desde el punto de vista del plan financiero familiar, estas protecciones que el gobierno ofrece son todas protecciones de base. Queda por la persona ser proactiva y buscar en el sector privado la diferencia de ingresos que le permita a la familia mantener el mismo nivel de vida.

Cotización

La RRQ se financia de manera igual tanto por el trabajador como por el empleador. En el caso del trabajador, las cotizaciones se descuentan directamente del pago, las recibe Revenue Québec y son administradas por la Caisse de dépôt et placement du Québec. Para este año 2016, la tasa de cotización es del 10.65%, la cual incluye a ambos, empleado y empleador.


Esta tasa se aplica a la parte del salario entre la excepción general de 3,500$ y el máximo de salario sobre el cual un trabajador tiene derecho a cotizar (54,900$ en 2016). Los trabajadores autónomos cotizan una vez al año (10.65 %) y de manera directa a Revenue Québec.

Protecciones que brinda la RRQ

Prestaciones durante el retiro

  • Renta de retiro: la renta de retiro de Quebec forma parte de los ingresos de base a los cuales tiene derecho un trabajador a partir de la edad de 60 años. Como regla, un trabajador puede recibir su renta de retiro si ha cotizado al menos por un año a la RRQ, incluso si continua trabajando.

  • Suplemento a la renta de retiro: Se otorga a las personas que ya reciben una renta de retiro pero que continúan trabajando y sus ingresos por este concepto sobrepasan la excepción general de 3,500$.

Prestaciones por incapacidad para trabajar por razones médicas

  • Renta de invalidez: se otorga a las personas que muestren una incapacidad prolongada o permanente para incorporarse al mercado laboral debido a razones médicas. Para tener derecho a la renta de invalidez se debe haber cotizado el mínimo necesario a la RRQ.

  • Renta destinada a los hijos de personas con renta de invalidez: Se otorga por cada hijo menor de 18 años o por aquellos que han residido con la persona durante al menos el último año.

  • Monto adicional por invalidez: Destinado a los beneficiarios de una renta de retiro, la cual no puede ser anulada con el objetivo de recibir una renta de invalidez.

Prestaciones en caso de fallecimiento

  • Prestación por fallecimiento: prestación única de 2,500$ que se otorga si la persona fallecida cotizó el mínimo necesario a la RRQ. La prestación por fallecimiento es otorgada a la persona u entidad de caridad que pagó los gastos funerarios, o a los herederos si fuese el caso.

  • Renta conyugal: para ser admisibles a la renta conyugal se deben de cumplir al menos dos condiciones básicas: la primera, la persona debe lograr que la RRQ reconozca legalmente como su pareja a la persona fallecida. La segunda, la persona fallecida debió haber cotizado el mínimo suficiente a la RRQ. En 2016, las prestaciones mensuales por este concepto, dependiendo de la situación particular de cada caso, van desde los 530.42$ hasta los 881.09$.

  • Renta de orfandad: en general, tiene derecho a esta prestación quien está a cargo de un hijo menor de la persona fallecida (hasta que el menor cumpla los 18 años), si esta última cotizó el mínimo necesario a la RRQ.

Importante: Cada 4 años, la RRQ envía por correo un Relevé de participation au Régime de rentes du Québec, el cual también es posible consultar online. Esta declaración de participación contiene, entre otros, los siguientes elementos:

  • Los ingresos por concepto de trabajo sobre los cuales el trabajador ha cotizado a la RRQ, o al Programa de Pensiones de Canadá si fuese el caso.

  • Una estimado del monto de la renta de invalidez al cual tendría derecho la persona.

  • Un estimado del monto de la renta de retiro al cual tendría derecho la persona a la edad de 60 años, 65 años o en la fecha de la declaración de participación, si la persona está entre los 60 y 65 años.

  • Un estimado del monto de la renta conyugal, así como de otras prestaciones a las cuales la familia del trabajador tendría derecho, en caso de fallecimiento de la persona.

 

Si piensas que necesitas más información sobre este tema para tu proyecto personal, me puede contactar vía Zoom. Es gratis y sin ningún tipo de compromiso.


Recuerda: no dejes para mañana lo que debiste hacer ayer hacer ayer.

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